Los estudios de suelos o estudios geotécnicos, están reglamentados por el titulo H de la norma sismorresistente NSR-10, y son obligatorios para todas las edificaciones urbanas y suburbanas de cualquier grupo de uso, y para las edificaciones en terrenos no aptos para el uso urbano de los grupos de uso II, III y IV definidos en el Título A.
El programa de exploración del terreno incluye la inspección de mapas topográficos y la observación de fotografías aéreas (si las hay disponibles), la inspección del lugar para observar las características superficiales y las condiciones de las construcciones aledañas.
La exploración de terreno suministra datos acerca de las condiciones del subsuelo del lugar, así como también proporciona muestras del suelo para inspección, clasificación y ensayos de resistencia y/o deformación.











